Se utiliza para respaldar el cumplimiento de las obligaciones que tiene un tomador (o afianzado) de una obligación de hacer, contenida en un contrato, o una disposición legal, y opera en caso que el tomador no cumpla con sus obligaciones, de esta forma la compañía de seguros indemniza al asegurado con el monto de su perjuicio patrimonial (o monto asegurado en tal caso).

COBERTURAS DEL SEGURO:

Coberturas Generales:

  • Daños causados por explosión.
  • Combustión espontánea.
  • Daño eléctrico.
  • Daños causados por rotura de cañerías.
  • Daños causados desbordamiento de estanques matrices.
  • Colapso de su vivienda.
  • Daños ocasionados por choque de vehículos motorizados.
  • Daños materiales causados por aeronaves.
  • Riesgos de la naturales

 

Riesgos Políticos:

  • Daños físicos y daños por robo o saqueo durante huelga o desorden popular.
  • Daños a consecuencia de desorden popular o actos terroristas.

 

Otras Coberturas:

  • Inhabitabilidad si es el propietario quien la habita le pagarán el arriendo de otra vivienda.
  • Pérdida de entradas por arriendo para el propietario de la vivienda cuando deja de percibir el arriendo de su vivienda y su causa se encuentra cubierta por la póliza le pagarán el valor del contrato de ese arriendo. El arrendatario no recibirá indemnización alguna solo el arrendador.
  • Robo con fractura
  • Asistencia Hogar

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